Es común que los procesos de presupuesto participativo cuenten con herramientas y canales abiertos para la deliberación ciudadana sobre la asignación de recursos. No obstante, en el caso de la ESE BelloSalud, la normatividad vigente —Decreto 1876 de 1994 y Decreto 883 de 2015, en concordancia con la Ley 1757 de 2015— exceptúa a las Empresas Sociales del Estado de la implementación de este tipo de ejercicios, debido al régimen especial que regula la prestación de los servicios de salud.
Sin perjuicio de lo anterior, la ESE BelloSalud mantiene habilitados diversos canales de comunicación, participación e interacción ciudadana, orientados a garantizar la cercanía con la comunidad, la transparencia en la gestión institucional y el acceso a la información pública.